En relación con la nueva legislación en materia laboral, fiscal y tributario, Garrigues ha elaborado varios informes disponibles para empresas asociadas a ANDIMAC. En el caso tributario, además de las desarrolladas por la administración central analiza las implicaciones de las medidas excepcionales a aplicar también en la Comunidad Valenciana. Si es usted asociado de ANDIMAC y está interesado en estos informes puede ponerse en contacto con nosotros a través de la dirección administrador@andimac.org.

Por su importancia en cuanto a aplicación práctica inmediata destacamos a continuación la situación respecto a retenciones:

· Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

· Para el cálculo de las retenciones a practicar a las rentas del trabajo se añade a la tarifa vigente en la actualidad la tarifa complementaria aplicable, según esta norma, a la base liquidable general.

· Se aumenta hasta los 33.007,20 euros la cuantía del total de retribuciones a percibir por los contribuyentes, actualmente fijada en 22.000 euros, para que tengan derecho a la reducción en dos puntos del tipo de retención cuando hayan adquirido su vivienda habitual a través de financiación.

· Las retenciones a practicar en el mes de enero de 2012 se calcularán aplicando la tarifa del Impuesto vigente para 2011 y teniendo en cuenta lo correspondiente a la adquisición de vivienda vigente en aquella fecha. Las posteriores retenciones, que no correspondan a rentas del mes de enero, tendrán que calcularse con la nueva tarifa vigente para 2012 y 2013.

· El porcentaje de retención aplicable a los rendimientos del trabajo percibidos por la condición de administradores o miembros de consejos de administración pasa del 35 al 42% (desde enero).

· El nuevo tipo de retención aplicable a los rendimientos del capital mobiliario, a las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de acciones y participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva, a los arrendamientos y subarrendamiento de inmuebles, a los premios, al arrendamiento de negocios, muebles o minas, o a los derechos de imagen pasa del 19% al 21% (desde enero).

· Impuesto sobre Sociedades

· El nuevo tipo de retención con carácter general para 2012 y 2013 se eleva al 21%, anteriormente se encontraba en el 19% (desde enero).

· Impuesto sobre la Renta de no Residentes

· En este impuesto los tipos de retención cambian coincidiendo con los nuevos tipos de imposición así que el tipo general para las rentas obtenidas sin establecimiento permanente pasa del 24 al 24,75% (desde enero).

Remarcamos el momento a partir del cual se deberán aplicar los nuevos tipos de retención a cuenta:

Rendimientos del trabajo (excepto administradores): a partir del 1 de febrero.

Resto de incrementos de tipos de retención: desde del 1 de enero.