Como les informamos el pasado mes de septiembre, recientemente se modificó la Ley Concursal. En ANDIMAC disponemos de una síntesis de los aspectos más re levantes que ha modificado el nuevo texto legal relativo a procedimientos concursales, realizado por el gabinete Cuatrecasas. Si es usted socio de ANDIMAC y está interesado en este tema, puede ponerse en contacto con nosotros y se lo haremos llegar.

Los objetivos que persigue esta modificación son: (i) impulsar el uso de las alternativas al concurso o institutos preconcursales (acuerdos de refinanciación); (ii) agilizar la resolución de los procesos de insolvencia; (iii) fomentar la continuación de la actividad de las empresas que acuden al concurso; (iv) brindar una mayor protección a los trabajadores de las empresas concursadas; (v) promover la profesionalización de la labor de la Administración Concursal, ampliando sus funciones y también, coetáneamente, sus responsabilidades; (vi) precisar el régimen jurídico de algunos aspectos importantes del concurso como, por ejemplo, el régimen de responsabilidad de los administradores societarios, el régimen de los concursos conexos (sobre todo en materia de grupo de sociedades), y el sistema de pago de los créditos contra la masa.

La imposibilidad de las administraciones, en especial locales y autonómicas, de conseguir financiación con la que hacer frente a su deuda, unido a la paralización de múltiples proyectos de la administración central, puede derivar en los próximos tres meses en una situación crítica para un porcentaje relevante de empresas constructoras, por lo que como ya advertimos en comunicaciones anteriores debemos extremar las medidas preventivas en materia de morosidad y en base al conocimiento legal en materia concursal prever escenarios adversos como medida para tomar posiciones ante clientes de mayor riesgo.