La tercera fase del Plan de pago a proveedores, regulada por el RDL 8/2013 de 28 de junio, establece como novedad la obligación de suministrar información a los acreedores de los proveedores incluidos en el plan de pago.

Los acreedores de los proveedores incluidos en esta nueva fase del mecanismo que, como obligados tributarios y en cumplimiento de la normativa tributaria, hubieran presentado la declaración anual informativa sobre las operaciones con terceras personas o las declaraciones informativas sobre operaciones incluidas en los libros registros, relativas a la información correspondiente a los ejercicios 2011 y 2012, podrán acceder y conocer, a través de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la siguiente información:

-Si las personas o entidades consignadas por el acreedor en las citadas declaraciones están incluidas en las relaciones certificadas enviadas por la Comunidad Autónoma o la Entidad Local al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o en las certificaciones individuales que hayan sido aceptadas por la Comunidad Autónoma o la Entidad Local.

-Si las personas o entidades consignadas por el acreedor en las citadas declaraciones están incluidas entre los proveedores que han aceptado el pago de su deuda a través de este mecanismo.

-La fecha en la que sea remitida la relación definitiva de facturas a pagar al agente de pagos del Fondo para la financiación de los pagos a proveedores.

La información a la que tenga acceso el acreedor podrá ser utilizada con el objetivo de facilitar el cobro de sus créditos pendientes de pago por parte de estos proveedores.

A estos efectos, los mencionados proveedores podrán comunicar, antes del correspondiente pago, al agente de pagos del Fondo de Financiación para el Pago a Proveedores los embargos que, en su caso, se hubieran acordado.